viernes, 21 de marzo de 2014

Edición Nº 2014-0002

QUERIDO COLEGA: LO INVITAMOS A LA SIGUIENTE CONFERENCIA GRATUITA SOBRE PROCEDIMIENTO IMPOSITIVO:



DISERTANTE
Dr. C.P. - LUIS GIANGRECO
CONTENIDOS:
Pautas de comportamiento, actitud e imagen ante las cuestiones procedimentales impositivas. Los costos del proceso de determinación de oficio y
de su apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación. Mi cliente y yo frente al Procedimiento Impositivo.
FECHA: 26 DE MARZO DE 18:30 A 20:30 HS.
LUGAR: Marcelo T. de Alvear 1337 (Sede USAL)

Contacto: cpceonline@gmail.com

INSCRIPCION:https://eventioz.com.ar/e/recomendaciones-para-la-actuacion-en-el-proced-imp
*La realización de presente curso esta condicionada a un número mínimo de inscriptos.


 * R.G. 3583/2014
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
Adelanto de impuesto. Adquisición de moneda extranjera para tenencia de billetes extranjeros en el país en función a las pautas operativas que determine el Banco Central de la República Argentina. Su implementación.


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 * R.G. Nº 3584/2014
IMPORTACIONES
Valores criterio de carácter preventivo. Resolución General N° 2.730 y su modificatoria. Norma complementaria.




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 * R.G. Nº 3585/2014
IMPORTACIONES
Valores criterio de carácter preventivo. Resolución General Nº 2.730 y su modificatoria. Norma complementaria.


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 * R.G. Nº 3586/2014
IMPORTACIONES
Valores criterio de carácter preventivo. Resolución General N° 2.730 y su modificatoria. Norma complementaria.

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 * R.G. Nº 3587/2014
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Procedimiento. Régimen de facilidades de pago para contribuyentes y responsables concursados y fallidos. Deudas impositivas, aduaneras y/o de los recursos de la seguridad social. Resolución General Nº 970, sus modificatorias y complementarias. Su sustitución. Texto actualizado.

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 * R.G. Nº 3588/2014
EXPORTACIONES
Régimen de Rancho de Combustibles. Resolución General Nº 1.801 y su modificatoria.



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 * R.G. Nº 3589/2014
SEGURIDAD SOCIAL
Régimen de graduación de sanciones. Resolución General Nº 1.566, texto sustituido en 2010 y sus modificatorias. Su modificación.


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 * R.G. Nº 3590/2014
OBLIGACIONES FISCALES
Procedimiento. Garantías otorgadas en seguridad de obligaciones fiscales. Régimen aplicable. Resolución General Nº 2.435 y su modificación. Norma modificatoria.

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 * R.G. Nº 3591/2014
SEGURIDAD SOCIAL
Indicadores Mínimos de Trabajadores. Incorporación de actividades. Resolución General Nº 2.927 y sus modificatorias. Su modificación.

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 * R.G. Nº 3592/2014
OBLIGACIONES DE PRESENTACIÓN Y PAGO
Procedimiento. Areas afectadas por el temporal acaecido en las Provincias de San Juan y Mendoza. Obligaciones de presentación y pago. Plazo especial.


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 * R.G. Nº 3594/2014
SECTOR PESQUERO MARÍTIMO
Procedimiento. Impuesto al Valor Agregado. Impuesto a las Ganancias. Comercialización de recursos marítimos (peces, moluscos o crustáceos), sus productos y subproductos. Registro de Operadores del Sector Pesquero Marítimo. Regímenes de retención y de información. Comprobantes de compra y consignación.


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— FE DE ERRATAS — ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 3594
En la Edición del día 20 de febrero de 2014, en la que se publicó la citada norma, se deslizó un error de puntuación en el texto del Artículo 31. Se publica nuevamente.
F - COMPUTO DE LAS RETENCIONES. SALDO DE LIBRE DISPONIBILIDAD
ARTICULO 31.- El monto de las retenciones tendrá, para los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, el carácter de impuesto ingresado, debiendo su importe ser computado en la declaración jurada del período fiscal en el cual se sufrieron.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, y sólo con carácter de excepción, la retención podrá computarse en la declaración jurada correspondiente al período fiscal inmediato anterior, cuando la operación que le diera origen se haya producido en el aludido período fiscal y la retención haya sido practicada hasta la fecha en que se produzca el vencimiento para la presentación de la declaración jurada del impuesto al valor agregado, correspondiente al precitado período, conforme al cronograma de vencimientos establecido por este Organismo para cada año calendario.

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 * R.G. Nº 3596/2014
COMERCIO EXTERIOR
Módulo de Información Anticipada del Manifiesto General de Carga. Vía aérea.


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 * R.G. Nº 3593/2014
RÉGIMEN DE REGISTRACIÓN SISTEMÁTICA DE MOVIMIENTOS Y EXISTENCIA DE GRANOS
Procedimiento. Norma conjunta Resolución General Nº 2.595 (AFIP), Resolución Nº 3.253 (ONCCA) y Disposición Nº 6/09 (SSTA), sus modificatorias y complementarias. Sistema de emisión, seguimiento y control de Carta de Porte para el transporte automotor y ferroviario de carga de granos. Registro de existencias. Resolución General Nº 2.773, su modificatoria y complementaria. Su derogación.

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 * R.G. Nº 3597/2014
RÉGIMEN DE CRÉDITO FISCAL
Ley Nº 25.922 y su modificatoria Ley Nº 26.692 y sus respectivas normas reglamentarias. Promoción de la Industria del Software. Registro especial de exportadores de servicios. Aplicación de bonos de crédito fiscal. Su implementación.

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 * R.G. Nº 3598/2014
RÉGIMEN DE CRÉDITO FISCAL
Ley Nº 25.922 y su modificatoria Ley Nº 26.692. Artículo 8 bis. Regímenes de retención y percepción en el Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 2.226, su modificatoria y complementaria. Norma complementaria y modificatoria.

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 * R.G. Nº 3599/2014
VUCE
Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE).


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 * R.G. Nº 3600/2014
SICNEA
Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA). Resolución General Nº 3.474. Su modificación.

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 * R.G. Nº 3602/2014
COMODORO RIVADAVIA
Delimitación de Zona Primaria Aduanera en jurisdicción de la División Aduana de Comodoro Rivadavia. Resolución Nº 59/98 (DGA). Su modificación.

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 * R.G. Nº 3603/2014
NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR
Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General Nº 1.618.


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 * R.G. Nº 3604/2014
NEUQUÉN
Delimitación de Zona Primaria Aduanera, en jurisdicción de la División Aduana de Neuquén.


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 * R.G. Nº 3595/2014
GAS NATURAL
Destinaciones de exportación para consumo de gas natural. Determinación del valor imponible.

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 * R.G. Nº 3601/2014
VALUACIONES COMPUTABLES PERÍODO FISCAL 2013
Impuesto sobre los Bienes Personales. Ley Nº 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Título VI. Período fiscal 2013. Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento. Decreto Nº 1.807/93. Valuaciones computables e informaciones complementarias.

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* MEDIDOR CONTA-NET 2.86 
Transcurrieron hasta hoy 80 días del año 2014.
Durante ese lapso la AFIP oficialmente emitió 28 resoluciones generales.
Ello da un promedio de una resolución general por cada 2.86 días corridos.

Reseña del MEDIDOR CONTA-NET de los casi 15 años de existencia de CONTA-NET en el espacio virtual:

1998 1.43 RDC
1999 0.85 RDC
2000 1.85 RDC
2001 1.50 RDC
2002 1.70 RDC
2003 1.72 RDC
2004 1.98 RDC
2005 1.98 RDC
2006 1.90 RDC
2007 1.82 RDC
2008 2.52 RDC
2009 1.67 RDC
2010 1.42 RDC
2011 1.52 RDC
2012 1.95 RDC
2013 2.52 RDC

Cuanto más bajo, más trabajo para NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, dado que también implica mayor desprolijidad normativa de la AFIP (léase PATOLOGÍA Nº 1 de su funcionamiento). 

 
* ENTRE COLEGAS
Querido Colega:

1) Por favor, hágale saber a todos los Colegas que conozca, que CONTA-NET está en la web, en nuestra página www.conta-net.com.ar y que su casilla de correo es conta-net@conta-net.com.ar

2) Si sus posibilidades y sus convicciones se lo permiten, favor de hacer una contribución, por más pequeña que sea a la siguiente cuenta:

Banco BBVA Francés
Sucursal Nº 141
Caja de Ahorros $ 141-10040/3
CBU Nº 0170141440000001004030
LUIS GIANGRECO
CUIT 20171423741
DNI 17142374

Tenga en cuenta, Distinguido Colega, que esta Red que hemos denominado CONTA-NET fue construida por TODOS NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, para mantenernos informados, intercambiar nuestras inquietudes, broncas, conocimientos, experiencias, y demás sentimientos, y para luchar contra las SIETE PATOLOGÍAS del FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP que tan injustamente afectan nuestro trabajo.
AGUANTE LA PROFESIÓN, CARAJO !!!
Atentamente. LUIS GIANGRECO 

 
* LAS SIETE PATOLOGÍAS DEL FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP, QUE NOS AFECTAN A NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS
Nº 1. Desprolijidad y enorme cantidad de resoluciones generales, que producen un estado de "reforma tributaria permanente".

Nº 2. Inspectores que piden fotocopias de todo lo presentado o enviado por internet.

Nº 3. Discriminación con respecto a las Instrucciones Generales, que son entregadas a las editoriales especializadas, pero no publicadas formalmente, aunque más no sea en la página de internet.

Nº 4. Difusión de programas de liquidación obligatorios, sin previos controles de calidad e integridad, con la consecuente aparición de "parches" (léase release), en muchos casos sin una resolución general que así lo ordene, lo cual obliga a visitar constantemente la página de internet para averiguar si apareció una nueva versión.

Nº 5. Funcionarios y empleados que desconocen la vigencia o existencia de determinadas normas, y llegan hasta "inventar" sus propias normas.

Nº 6. Consideración caprichosa y arbitraria de las sentencias judiciales de la CORTE SUPREMA, consistiendo en la aplicación de las que fueron favorables al Fisco a los Contribuyentes que no fueron parte en el respectivo proceso que las originó –aunque los hechos probados en los respectivos expedientes fueren distintos-, y simultánea negación de la aplicación de las sentencias judiciales que le fueron adversas, aunque sean coincidentes los hechos probados en los respectivos expedientes.

Nº 7. Programas de liquidación provistos por la AFIP que se apartan de lo establecido por las normas impositivas para la liquidación de los respectivos tributos.


NOTA: Estimado Colega: Hace MÁS DE SIETE AÑOS, el 27 de septiembre de 2007 presenté un escrito en la Mesa de Entradas de MI CONSEJO PROFESIONAL, es decir el CONSEJO PROFESIONAL PORTEÑO, solicitando que el CONSEJO le exija a la AFIP el cese de la DISCRIMINACIÓN que la AFIP realiza al no publicar oficialmente los textos de las INSTRUCCIONES GENERALES,
y simultáneamente entregárselos a las editoriales especializadas, lo cual hemos calificado como PATOLOGÍA Nº 3 del FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP que nos afecta DIRECTAMENTE a NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS.
Tengamos en cuenta que lo que la AFIP está haciendo es una DISCRIMINACIÓN TOTAL, por lo tanto INACEPTABLE.
Y aparentemente ella no tendría síntomas de cesar, sino es que se desarrolla una acción directa -dentro del respeto a la sana convivencia- la que no puede estar divorciada de NUESTROS CONSEJOS PROFESIONALES y tampoco de la FACPCE. 

 
* LA PREGUNTA CONTA-NET DEL DÍA
¿Por qué será que -mayormente- quienes públicamente se quejan de la presión tributaria sobre la CUARTA CATEGORÍA del IMPUESTO A LAS GANANCIAS, no hacen alusión a que tenemos una de las alícuotas más altas del mundo en el IVA, es decir, el tributo que por recaer sobre el consumo, también termina cercenando parte del ingreso comprendido en dicha CUARTA CATEGORÍA? 
 
* FRASES PARA LA REFLEXIÓN
"A fuerza de producir desencantos, se puede llegar a ser encantador.".
ALMAFUERTE 

 * Editorial
¿Y CUÁL ES LA VERDAD? O…¿CUÁL ERA LA VERDAD?
Durante la presidencia de NÉSTOR KIRCHNER (Q.e.p.d.) frecuentemente se nos decía que las reservas del B.C.R.A. estaban alcanzando los 50.000 millones. Luego se nos dijo que estaban superando dicha cifra.
También se nos habló de la solidez de la economía, y de haber ganado el respeto de las demás naciones, y de habernos plantado frente los acreedores externos.
Pasaron los años, y ya bajo el mandato de CRISTINA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER se eliminó de la prédica oficial la alusión a la cantidad de reservas del BCRA. A partir del 2013 se nos empezó a hablar de la “década ganada”, luego de que se tuvieran que imponer fuertes restricciones a la compra venta de divisas, algo que alguien bautizó como “cepo cambiario”.
Restricciones que más que afectar a los especuladores, parecieron haber perjudicado a ciertas actividades productivas, y –quizás- al generar incertidumbre sobre el verdadero valor de la moneda, terminaron fomentando la inflación.
Y volvieron los “arbolitos” gritando “cambio”, “cambio”, mientras algunos industriales tienen problemas para hacerse de los insumos que –inevitablemente- deben adquirirse en el exterior, y cuya sustitución por la producción nacional no puede concretarse en pocas horas…
Y en ese esquema aparecieron nuevamente los pretendidos “controles de precios”, bajo la denominación de “precios cuidados”. Medida más bien propia de economías en crisis, economías poco desarrolladas, economías de “guerra”, y no propias de economías con “década ganada” y abundantísimas reservas en su banco central.
Y quienes son tenidos como autoridad en la materia, nos dicen que las reservas del B.C.R.A. están muy lejos de los valores indicados en la época de KIRCHNER. Nos hablan de menos de 30.000 millones.
¿Cómo se pudieron haber reducido tanto, en tan poco tiempo?
Y –de vez en cuando- noticias provenientes del exterior indican que el tema de la deuda externa aparentemente no había sido tan definitivamente resuelto…
Y comenzaron los conflictos sociales-laborales, prueba de los cuales la constituye el paro de los Maestros de la Escuela Pública. Falta muy, pero muy poco para llegar a abril, y todavía hay chicos que no pudieron comenzar sus clases.
¿Cuál es la verdad? ó ¿Cúal era la verdad acerca del crecimiento de la economía, y principalmente, acerca de las reservas del B.C.R.A. y la situación de la deuda externa?
Atentamente. LUIS GIANGRECO



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