domingo, 15 de febrero de 2015

Edición Nº 2015-0004

IVA Dictámenes AFIP - DGI


Las conclusiones de los casi 1.300 

dictámenes publicados

 en la 

República Argentina


Luis Giangreco 

842 páginas

ISBN 978-987-660-246-4




Hace algo más de 40 años, el 01 de enero de 1975, entró en vigencia el IVA.
Desde aquel instante, hasta hoy, la AFIP difundió oficialmente alrededor de 1300 DICTÁMENES.

Por primera vez en la historia editorial argentina, se publican las conclusiones de esos casi 1300 DICTÁMENES en una sola obra.

Y no se trata simplemente de una recopilación cronológica.  Además de poder accederse a través de sus números y años, también se pueden hacer búsquedas por "voces" o "descriptores".

El primer nivel de "voces o descriptores" es el siguiente:

SUJETO
OBJETO
DETERMINACIÓN
REGÍMENES ESPECIALES
REGÍMENES DE RETENCIÓN, PERCEPCIÓN Y PAGO A CUENTA
ASPECTOS PROCESALES

Cada una de esas "voces" o "descriptores"a su vez se descomponen en otras "voces" o "descriptores", conformando un segundo nivel, las cuales alcanzan la cifra total de 149 "voces" o "descriptores".




NORMAS
R.G. Nº 3733/2015
Procedimiento. Registros fiscales de empresas mineras, de proveedores de empresas mineras y de titulares de permisos de exploración o cateo. Regímenes de retención de los impuestos al valor agregado y a las ganancias. Resolución General Nº 3.692. Su modificación.

R.G. Nº 3734/2015
Destinaciones de exportación para consumo de gas natural. Determinación del valor imponible.

R.G. Nº 3735/2015
IVA. Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones. Norma modificatoria.

R.G. Nº 3736/2015
Importación. Valores criterio de carácter preventivo. Resolución General Nº 2.730 y su modificatoria. Norma complementaria.

R.G. Nº 3737/2015
Nomenclatura Común del Mercosur. Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General Nº 1.618.

R.G. Nº 3738/2015
Importación. Valores criterio de carácter preventivo. Resolución General Nº 2.730 y su modificatoria. Norma complementaria.

R.G. Nº 3739/2015
Sentencias laborales firmes o ejecutoriadas. Acuerdos conciliatorios homologados. Liquidación e intimación o determinación de oficio de los aportes y/o contribuciones omitidos. Emisión de boleta de deuda.


ARTÍCULOS DE INTERÉS
LAS SIETE PATOLOGÍAS DEL FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP, QUE NOS AFECTAN A NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS
Nº 1. Desprolijidad y enorme cantidad de resoluciones generales, que producen un estado de "reforma tributaria permanente".

Nº 2. Inspectores que piden fotocopias de todo lo presentado o enviado por internet.

Nº 3. Discriminación con respecto a las Instrucciones Generales, que son entregadas a las editoriales especializadas, pero no publicadas formalmente, aunque más no sea en la página de internet.

Nº 4. Difusión de programas de liquidación obligatorios, sin previos controles de calidad e integridad, con la consecuente aparición de "parches" (léase release), en muchos casos sin una resolución general que así lo ordene, lo cual obliga a visitar constantemente la página de internet para averiguar si apareció una nueva versión.

Nº 5. Funcionarios y empleados que desconocen la vigencia o existencia de determinadas normas, y llegan hasta "inventar" sus propias normas.

Nº 6. Consideración caprichosa y arbitraria de las sentencias judiciales de la CORTE SUPREMA, consistiendo en la aplicación de las que fueron favorables al Fisco a los Contribuyentes que no fueron parte en el respectivo proceso que las originó –aunque los hechos probados en los respectivos expedientes fueren distintos-, y simultánea negación de la aplicación de las sentencias judiciales que le fueron adversas, aunque sean coincidentes los hechos probados en los respectivos expedientes.

Nº 7. Programas de liquidación provistos por la AFIP que se apartan de lo establecido por las normas impositivas para la liquidación de los respectivos tributos.

NOTA: Estimado Colega: Hace MÁS DE SIETE AÑOS, el 27 de septiembre de 2007 presenté un escrito en la Mesa de Entradas de MI CONSEJO PROFESIONAL, es decir el CONSEJO PROFESIONAL PORTEÑO, solicitando que el CONSEJO le exija a la AFIP el cese de la DISCRIMINACIÓN que la AFIP realiza al no publicar oficialmente los textos de las INSTRUCCIONES GENERALES,
y simultáneamente entregárselos a las editoriales especializadas, lo cual hemos calificado como PATOLOGÍA Nº 3 del FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP que nos afecta DIRECTAMENTE a NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS.
Tengamos en cuenta que lo que la AFIP está haciendo es una DISCRIMINACIÓN TOTAL, por lo tanto INACEPTABLE.
Y aparentemente ella no tendría síntomas de cesar, sino es que se desarrolla una acción directa -dentro del respeto a la sana convivencia- la que no puede estar divorciada de NUESTROS CONSEJOS PROFESIONALES y tampoco de la FACPCE.
LUIS GIANGRECO


ENTRE COLEGAS
Querido Colega:
1) Por favor, hágale saber a todos los Colegas que conozca, que CONTA-NET está en la web, en nuestra página www.conta-net.com.ar y que su casilla de correo es conta-net@conta-net.com.ar

2) Si sus posibilidades y sus convicciones se lo permiten, favor de hacer una contribución, por más pequeña que sea a la siguiente cuenta:

Banco BBVA Francés
Sucursal Nº 141
Caja de Ahorros $ 141-10040/3
CBU Nº 0170141440000001004030
LUIS GIANGRECO
CUIT 20171423741
DNI 17142374

Tenga en cuenta, Distinguido Colega, que esta Red que hemos denominado CONTA-NET fue construida por TODOS NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, para mantenernos informados, intercambiar nuestras inquietudes, broncas, conocimientos, experiencias, y demás sentimientos, y para luchar contra las SIETE PATOLOGÍAS del FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP que tan injustamente afectan nuestro trabajo.
AGUANTE LA PROFESIÓN !!!

Atentamente.  LUIS GIANGRECO

MEDIDOR CONTA-NET
MEDIDOR CONTA-NET: UNA RESOLUCIÓN GENERAL CADA 1.24  DÍAS CORRIDOS:
¡¡¡ PERSISTE LA ALERTA ROJA, QUERIDO COLEGA !!!

Transcurrieron hasta hoy 46 días del año 2015. Durante ese lapso la AFIP oficialmente emitió 37 resoluciones generales.
Ello da un promedio de una resolución general por cada 1.13 días corridos.
Reseña del MEDIDOR CONTA-NET de los casi 15 años de existencia de CONTA-NET en el espacio virtual:

1998 1.43
1999 0.85
2000 1.85
2001 1.50
2002 1.70
2003 1.72
2004 1.98
2005 1.98
2006 1.90
2007 1.82
2008 2.52
2009 1.67
2010 1.42
2011 1.52
2012 1.95
2013 2.52
2014 2.90

Cuanto más bajo, más trabajo para NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, dado que también implica mayor desprolijidad normativa de la AFIP (léase PATOLOGÍA Nº 1 de su funcionamiento).
AGUANTE LA PROFESIÓN, CARAJO !!!


FRASES PARA LA REFLEXIÓN
“Me horroriza, no tanto la maldad de los malos, sino la indiferencia de la gente buena.”.
MARTIN LUTHER KING

EDITORIAL
VERANO 2015: APENAS 46 DÍAS CORRIDOS, CON FERIA FISCAL, 37 RESOLUCIONES GENERALES EMITIDAS POR LA AFIP.

¿CUÁL SERÁ EL DISFRAZ DE LA “COMPARSA DE LOS DIRIGENTES PROFESIONALES SILENCIOSOS” EN EL CORSO DEL CARNAVAL ECHEGARAY?  (CON FERIA FISCAL INCLUIDA)


A través de los acontecimientos profesionales –cursos, jornadas, congresos, etc.- en los que me tocó participar a lo largo y a lo ancho de todo el extenso territorio de mi Patria, como así también del intercambio que generó esta Red que hemos denominado CONTA-NET, pude notar ciertas características que distinguen a algunos Tributaristas radicados en la “Gran Ciudad Frente al Gran Río”:

-          Rápidamente señalan como “inconstitucional” a una cosa que personalmente no les gusta, pero sin indicar cuál es el artículo de la Constitución Nacional al cual se opone dicha cosa.

-          Más que hablar de lo que está vigente, tienen una tendencia a decir qué se modificará, “lo que va a pasar” (sic) aunque ello luego no suceda…

-          Critican fuerte y a veces exageradamente en privado a las normas, a sus autores y a los Funcionarios que las emiten.  Pero cuando acceden a algún cargo profesional o técnico se desesperan por acercarse a dichos Funcionarios.  Y si consiguen hacerlo, se transforman en sus admiradores, defensores o los elogian hasta adjetivarlos como “socio oculto”.

-          Explican el contenido de las normas, más que como disposiciones técnicas, como si estuvieran hablando de “verdades reveladas”.

-          Se muestran como quienes tienen las normas antes de que se difundan, lo cual probablemente en muchos casos sea efectivamente así.

Ante todas esas características, me pregunto:

¿Cómo puede ser que los Tributaristas que ostentan tales rasgos, no se dieron cuenta, no notaron, no registraron, que en este 2015 –todavía en pañales- la ECHEGARAYESCA AFIP ya difundió públicamente 37 resoluciones generales?

Sí, Querido COLEGA, TREINTA Y SIETE RESOLUCIONES GENERALES, cuando apenas estamos concluyendo la SEGUNDA QUINCENA DE FEBRERO de 2015, año del cual…
…solamente transcurrieron 46 días corridos.
…solamente tuvo 31 días hábiles.
…tanto se pregonó que durante enero la AFIP había dispuesto una “Feria Fiscal”, respecto de la cual algunos Dirigentes Profesionales buscaron hacernos creer que NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, podríamos organizar nuestras tareas para el resto del año.   MMMMMM….

¿Ningún Tributarista con peso, nombre, y trascendencia lo notó, pese a la “iluminación” que muchas veces se busca demostrar?

Lo digo considerando las repercusiones que 37 resoluciones generales dictadas en tan poco tiempo, y en esta época tan particular del año tienen sobre el trabajo que la gran mayoría de NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, y el silencio de los Tributaristas al respecto, el cual hago extensivo a NUESTROS DIRIGENTES PROFESIONALES, tributaristas o no.

Es más, creo que todo eminente Tributarista –en gran medida- debe ser considerado como un Dirigente, en virtud de la influencia que ejerce sobre el resto de la Comunidad Profesional.

No ví planteos ante las autoridades al respecto, en defensa de NUESTRA DIGNIDAD PROFESIONAL.

¿Cuál será la razón del silencio?

¿Será que los Tributaristas de primer nivel solamente toman contacto con la realidad tributaria cuando tienen que dictar alguna conferencia, curso, jornada, o promocionar su estudio ante potenciales clientes?

¿Será que los Tributaristas de primer nivel serán cultores de la expresión “yo delego”, motivo por el cual no tomaron contacto con las 37 resoluciones generales, y sólo lo hicieron los Colegas Jóvenes que trabajan en sus estudios?

¿Será que dentro de la realidad del country, de los edificios de Puerto Madero, del piso de Recoleta o del campo de golf no llegan  noticias acerca de las 37 resoluciones generales y de las consecuencias de dictarlas en tan poco tiempo en el cotidiano trabajo de NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS?

¿O será que en la “realidad” que se construye dentro de esos lugares geográficos no hay lugar para la realidad que surge del BOLETÍN OFICIAL y del accionar del ente recaudador?

No lo sé.  Pero en mérito a la integridad, debo señalar también que así como hay silencio en los renombrados Tributaristas y en los Dirigentes Profesionales, también hay silencio en los Sindicalistas que defienden a los Trabajadores de la AFIP.

La lógica indica que así como NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS en estos pocos días recibimos el bombardeo de 37 RESOLUCIONES GENERALES, ellas también deben ser estudiadas, asimiladas y comprendidas por los Colegas que están del otro lado del mostrador, es decir quienes ejercen debida y patrióticamente el deber de aplicar, percibir y fiscalizar tributos nacionales.

Y ello, a mi juicio, constituiría un planteo fundado, serio y justo, por parte de las autoridades Sindicales ante el titular de la AFIP.

AGUANTE LA PROFESIÓN,  PESE A LAS 37 RESOLUCIONES GENERALES, CARAJO !!!

Atentamente.  LUIS GIANGRECO

Según la Ley N° 26.032, la búsqueda, recepción y difusión de información
e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se consideran
comprendidas dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad
de expresión. 


martes, 3 de febrero de 2015

Edición Nº 2015-0003


LA GRAN PREGUNTA CONTA-NET DEL DÍA, DE LA SEMANA, DEL MES… O DE LA DÉCADA
Considerando que en ENERO DE 2015, estando plenamente vigente la FERIA FISCAL, la ECHEGARAYESCA AFIP difundió  –nada más ni nada menos-  que 30 (TREINTA) RESOLUCIONES GENERALES…

¿Qué hay que pensar de aquellos Tributaristas y Dirigentes Profesionales Porteños que en los últimos años buscaron convencernos de que NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, gracias a la “FERIA FISCAL” podríamos tener un descanso y organizar más cómodamente nuestras actividades para el resto del año?




Hace poco se cumplieron 40 años de la efectiva incorporación del IVA en el régimen tributario argentino.  
Durante ese período la AFIP publicó casi 1300 dictámenes, cuyos sumarios nunca fueron difundidos en una sola obra....

HASTA ESTE PRECISO INSTANTE !!!!!!


IVA Dictámenes AFIP - DGI


Las conclusiones de los casi 1.300 dictámenes publicados

 en la 

República Argentina


Luis Giangreco 

842 páginas

ISBN 978-987-660-246-4






NORMAS
R.G. Nº 3720/2015
IVA. Reintegro del gravamen a turistas del exterior. Resoluciones Generales Nº 380 y Nº 381 y sus respectivas modificaciones. Su sustitución. Texto actualizado.

R.G. Nº 3723/2015
Impuestos sobre los combustibles líquidos y sobre el gasoil. Fondo Hídrico de Infraestructura. Leyes Nº 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, Nº 26.028 y sus modificaciones y Nº 26.181 y su modificatoria. Comercialización de Combustibles Líquidos. Facturación de operaciones exentas. Resolución General Nº 3.044 y su modificatoria. Su modificación.

R.G. Nº 3724/2015
Procedimiento. Remates y subastas. Régimen de información. Su implementación.

R.G. Nº 3725/2015
Procedimiento. Operaciones de compra e importación, locaciones y prestaciones. Créditos hipotecarios. Regímenes de información. Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes (CITI). Resolución General Nº 3.034 y sus modificaciones. Norma modificatoria.

R.G. Nº 3726/2015
Procedimiento. Determinación e ingreso de retenciones y percepciones. Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE). Su implementación.

R.G. Nº 3727/2015
Fondo Hídrico de Infraestructura. Determinación e ingreso del gravamen. Resolución General Nº 2.195 y su complementaria. Norma modificatoria.

R.G. Nº 3728/2015
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Ley Nº 23.966; Título III de impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Resolución General Nº 3.388. Nómina de marcadores químicos y reagentes homologados. Proveedores autorizados para su comercialización.

R.G. Nº 3729/2015
Procedimiento. Publicidad en la vía pública. Régimen de información e identificación fiscal de espacios de publicidad. Régimen de información de contratos de publicidad. Su implementación.

R.G. Nº 3730/2015
Procedimiento. Operaciones de compraventa de obras de arte. “Registro Fiscal de Operadores de Obras de Arte”. Su creación. Régimen Informativo. Su implementación.

R.G. Nº 3731/2015
Procedimiento. Impuestos varios. Determinación e ingreso de retenciones y percepciones. Sistema de Control de Retenciones (SICORE). Resolución General Nº 2.233, su modificatoria y complementarias. Norma complementaria.

R.G. Nº 3732/2015
Ley Nº 26.982. Régimen de retención. Resolución General Nº 2.854, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.

ARTÍCULOS DE INTERÉS
LAS SIETE PATOLOGÍAS DEL FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP, QUE NOS AFECTAN A NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS
Nº 1. Desprolijidad y enorme cantidad de resoluciones generales, que producen un estado de "reforma tributaria permanente".

Nº 2. Inspectores que piden fotocopias de todo lo presentado o enviado por internet.

Nº 3. Discriminación con respecto a las Instrucciones Generales, que son entregadas a las editoriales especializadas, pero no publicadas formalmente, aunque más no sea en la página de internet.

Nº 4. Difusión de programas de liquidación obligatorios, sin previos controles de calidad e integridad, con la consecuente aparición de "parches" (léase release), en muchos casos sin una resolución general que así lo ordene, lo cual obliga a visitar constantemente la página de internet para averiguar si apareció una nueva versión.

Nº 5. Funcionarios y empleados que desconocen la vigencia o existencia de determinadas normas, y llegan hasta "inventar" sus propias normas.

Nº 6. Consideración caprichosa y arbitraria de las sentencias judiciales de la CORTE SUPREMA, consistiendo en la aplicación de las que fueron favorables al Fisco a los Contribuyentes que no fueron parte en el respectivo proceso que las originó –aunque los hechos probados en los respectivos expedientes fueren distintos-, y simultánea negación de la aplicación de las sentencias judiciales que le fueron adversas, aunque sean coincidentes los hechos probados en los respectivos expedientes.

Nº 7. Programas de liquidación provistos por la AFIP que se apartan de lo establecido por las normas impositivas para la liquidación de los respectivos tributos.


NOTA: Estimado Colega: Hace MÁS DE SIETE AÑOS, el 27 de septiembre de 2007 presenté un escrito en la Mesa de Entradas de MI CONSEJO PROFESIONAL, es decir el CONSEJO PROFESIONAL PORTEÑO, solicitando que el CONSEJO le exija a la AFIP el cese de la DISCRIMINACIÓN que la AFIP realiza al no publicar oficialmente los textos de las INSTRUCCIONES GENERALES,
y simultáneamente entregárselos a las editoriales especializadas, lo cual hemos calificado como PATOLOGÍA Nº 3 del FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP que nos afecta DIRECTAMENTE a NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS.
Tengamos en cuenta que lo que la AFIP está haciendo es una DISCRIMINACIÓN TOTAL, por lo tanto INACEPTABLE.
Y aparentemente ella no tendría síntomas de cesar, sino es que se desarrolla una acción directa -dentro del respeto a la sana convivencia- la que no puede estar divorciada de NUESTROS CONSEJOS PROFESIONALES y tampoco de la FACPCE.
LUIS GIANGRECO


ENTRE COLEGAS
Querido Colega:
1) Por favor, hágale saber a todos los Colegas que conozca, que CONTA-NET está en la web, en nuestra página www.conta-net.com.ar y que su casilla de correo es conta-net@conta-net.com.ar

2) Si sus posibilidades y sus convicciones se lo permiten, favor de hacer una contribución, por más pequeña que sea a la siguiente cuenta:

Banco BBVA Francés
Sucursal Nº 141
Caja de Ahorros $ 141-10040/3
CBU Nº 0170141440000001004030
LUIS GIANGRECO
CUIT 20171423741
DNI 17142374

Tenga en cuenta, Distinguido Colega, que esta Red que hemos denominado CONTA-NET fue construida por TODOS NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, para mantenernos informados, intercambiar nuestras inquietudes, broncas, conocimientos, experiencias, y demás sentimientos, y para luchar contra las SIETE PATOLOGÍAS del FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP que tan injustamente afectan nuestro trabajo.
AGUANTE LA PROFESIÓN !!!
Atentamente.  LUIS GIANGRECO





MEDIDOR CONTA-NET: ALERTA ROJA !!!
MEDIDOR CONTA-NET: UNA RESOLUCIÓN GENERAL CADA 1.13  DÍAS CORRIDOS
Transcurrieron hasta hoy 34 días del año 2015. Durante ese lapso la AFIP oficialmente emitió 30 resoluciones generales.
Ello da un promedio de una resolución general por cada 1.13 días corridos.
Reseña del MEDIDOR CONTA-NET de los casi 15 años de existencia de CONTA-NET en el espacio virtual:

1998 1.43
1999 0.85
2000 1.85
2001 1.50
2002 1.70
2003 1.72
2004 1.98
2005 1.98
2006 1.90
2007 1.82
2008 2.52
2009 1.67
2010 1.42
2011 1.52
2012 1.95
2013 2.52
2014 2.90

Cuanto más bajo, más trabajo para NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, dado que también implica mayor desprolijidad normativa de la AFIP (léase PATOLOGÍA Nº 1 de su funcionamiento).
AGUANTE LA PROFESIÓN, CARAJO !!!


FRASES PARA LA REFLEXIÓN
“Así como las caras se reflejan en el agua, así también los hombres se reflejan en su mente.”.
PROVERBIOS (28:19)

EDITORIAL
¿QUÉ PASA EN LA VISIÓN DE CIERTOS TRIBUTARISTAS Y CIERTOS DIRIGENTES PROFESIONALES PORTEÑOS, EN LA GRAN CIUDAD FRENTE AL GRAN RÍO? ME LO PREGUNTO DESPÚES DE LAS 30 (TREINTA) RESOLUCIONES GENERALES QUE LA ECHEGARAYESCA AFIP DIFUNDIÓ DURANTE LA “FERIA FISCAL” DE ENERO DE 2015


Enero de 2015:  Mes de la “FERIA FISCAL”.  A ello se le suma que buena parte del personal de la AFIP se toma sus justas y merecidas vacaciones, lo cual se nota en muchas de sus dependencias.  Un mes con apenas 21 días hábiles.   Para nuestros primos hermanos los Abogados, mes de la “Feria Judicial”, en la cual prácticamente cesa la actividad tribunalicia, a excepción de alguno de los casos mediáticos. Para NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS, mes en el cual la ECHEGARAYESCA AFIP difundió públicamente 30 resoluciones generales.  Sí, Colega, leyó bien: TREINTA RESOLUCIONES GENERALES.

¿Qué habrá inspirado a aquellos Dirigentes Profesionales porteños y a aquellos Tributaristas porteños que afirmaron –casi como una “verdad revelada”- que gracias a la FERIA FISCAL, NOSOTROS, LOS CONTADORES PÚBLICOS veríamos aligerado nuestro trabajo.  Los números no fallan.  En 21 días hábiles se difundieron 30 resoluciones generales.  Insisto.

Esto trae a mi mente otras visiones, percepciones, impresiones o “profetizaciones” de algunos Dirigentes Profesionales y Tributaristas porteños que muy pronto fueron totalmente contrarias a lo que realmente ocurrió.

Hacia fines de 2002 un eminente Tributarista porteño, muy reconocido también en el ámbito universitario porteño predicaba por la reducción de las cargas de familia y del mínimo no imponible en el Impuesto a las Ganancias.  Es decir que indirectamente estaba asumiendo que vendrían épocas de baja de precios y de deflación…mmmmm…

En esa misma sintonía, y por ese entonces, otro notable Tributarista y Docente Universitario porteño también se oponía tenazmente a la aplicación del ajuste por inflación en la liquidación del Impuesto a las Ganancias, como si la inflación se hubiera definitivamente superado…mmmmm…

En aquellos años también era frecuente oír en ambientes profesionales porteños a Tributaristas y Dirigentes Profesionales porteños elogiar la apertura al diálogo de JORGE CAPITANICH, y su “vocación de oír acerca de problemas”.  Los hechos públicos no muestran que esas serían precisamente sus virtudes.

Pasaron unos cuántos años, y allá por el 2006 un Dirigente Profesional porteño en un acto público manifestó que el entonces titular de la AFIP, ALBERTO ABAD, era el “socio oculto” que teníamos los CONTADORES.  No llegué a conocer a Colega alguno comprometido con NUESTRA PROFESIÓN que avalara tal afirmación, o las virtudes de tal “sociedad oculta”.  Es más, es un hecho público y notorio que las SIETE PATOLOGÍAS del FUNCIONAMIENTO DE LA AFIP que ABAD heredó, también las transmitió a su sucesor, aunque su poder en el Organismo era bastante importante, siendo que fue Funcionario de dos Presidentes. 

Los historiadores, “filosófos” y demás intelectuales alineados con el pensamiento conservador (también llamado “nacionalismo de derecha” o “aristocracia criolla”) acostumbran señalar como un impedimento para el desarrollo pleno de NUESTRA NACIÓN a la forma de ser de las clases populares, y –según ellos- a la demagogia y al “populismo” que generaría.

Quienes están alineados con el “revisionismo histórico” (también llamado “izquierda nacional”) prefieren apuntar la mira a una especie de “complot” o “confabulación internacional”, organizado y dirigido por los grupos económicos multinacionales y demás factores de poder que –según ellos- buscan quedarse con nuestras riquezas.

Sin pretender avalar ni cuestionar ninguna de esas dos posturas…
¿Por qué no buscar otra causa, mirándonos para adentro?

¿Por qué no pensar que no estamos en el nivel mundial en el que podríamos estar, debido a la “realidad paralela” que se crea –algunas veces- en la Gran Ciudad Frente al Gran Río, y que es tenida como “aceptable”, y termina siendo aplicada simplemente por su origen geográfico?

Viene a mi mente un episodio doloroso, muy cercano.  Aquél fatídico diciembre de 2001, que arrasó VIDAS HUMANAS y también algunas propiedades privadas.
Mientras el viernes 14 los vecinos del conurbano bonaerense ya notábamos movimientos “extraños” que nos pusieron en alerta, en la Gran Ciudad Frente al Gran Río, Dirigentes Profesionales Porteños estaban participando de una gran celebración profesional.   Y en esa Ciudad recién se empezó a notar lo que estaba pasando, 5 (CINCO) días después…

¿Cuántas otras cosas estarán pasando en este preciso instante en NUESTRA QUERIDA ARGENTINA, y que no trascienden por que sus datos no llegan a la GRAN CIUDAD FRENTE AL GRAN RÍO, o bien, de haber llegado, tales datos son tergiversados, ocultados, disfrazados o reemplazados por la visión, percepción o impresión que tienen algunos de los Porteños con autoridad o poder?

Atentamente.  LUIS GIANGRECO





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